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Guía paso a paso

Autorización sanitaria de instalación y funcionamiento de cementerios y crematorios

Cómo obtener de la SEREMI de Salud la aprobación de proyecto y la autorización de funcionamiento para fundar o construir un cementerio o crematorio.

Última verificación: 25 de julio de 2026

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¿Qué es?

Es la autorización que otorga la SEREMI de Salud para instalar, poner en funcionamiento y clausurar cementerios, crematorios, velatorios y casas funerarias, públicos o privados, conforme al Reglamento General de Cementerios (Decreto Supremo N° 357 de 1970). Aplica tanto a municipalidades como a personas naturales o jurídicas privadas que deseen fundar o construir este tipo de establecimientos.

En la práctica se trata de dos trámites secuenciales y separados, cada uno con su propio arancel: primero la aprobación de proyecto (antes de construir), luego la autorización de funcionamiento (una vez construido, para poder operar). Lo mismo aplica de forma independiente para cementerios y para crematorios.


⚠️ Sobre los incineradores de desechos biológicos

El Decreto 357/1970 no regula los incineradores de residuos biológicos de establecimientos de salud — esa materia se rige por normativa distinta sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud (REAS) y por el DFL N° 1 de 1989 sobre autorización sanitaria expresa. Si tu caso corresponde específicamente a un incinerador de desechos biológicos (por ejemplo, de un hospital o clínica), consulta con la SEREMI de Salud de tu región cuál es el trámite exacto aplicable — no comparte el mismo procedimiento que cementerios y crematorios.


Requisitos

Aprobación de proyecto de cementerios:

  • Título de dominio de 10 años de la propiedad destinada a cementerio.
  • Ubicación del terreno, plano con área de 50 metros más allá de cada deslinde.
  • Plano general del cementerio y ubicación de las construcciones, planos de las construcciones y especificaciones técnicas.
  • Reglamento interno y arancel del cementerio.
  • Población de la localidad, región o comunidad a la que servirá.
  • Aprobación de la municipalidad respectiva en cuanto a la ubicación, cuando corresponda.

Aprobación de proyecto de crematorios (además de lo anterior):

  • Planos aprobados previamente por la Dirección de Obras Municipales, con estacionamiento de vehículos.
  • Terreno no inferior a 10.000 m², o chimenea de altura mínima de 30 metros.
  • Sala de incineración con al menos 2 hornos.
  • Cámara frigorífica con capacidad mínima para 6 cadáveres.
  • Oficina de atención de público, sala de estar y servicios higiénicos separados por sexo.
  • Certificado de calificación industrial y certificado de cumplimiento de norma de emisiones (ambos de la SEREMI de Salud).

Autorización de funcionamiento de cementerios (posterior a la aprobación del proyecto): requiere que ya estén ejecutados el cierre total de la superficie del establecimiento, los caminos de acceso a las zonas de inhumación, y los edificios indispensables para oficinas administrativas, además del certificado de calificación industrial para instalaciones en funcionamiento.


Cómo se hace

  1. Reúne la documentación técnica y legal según el trámite que corresponda (proyecto o funcionamiento; cementerio o crematorio).
  2. Ingresa a ASDigital (SEREMI en Línea) con tu ClaveÚnica y sigue el botón "Ir al trámite".
  3. Completa la solicitud y adjunta los antecedentes exigidos.
  4. Para la autorización de funcionamiento, considera que el trámite puede requerir una fiscalización o etapa presencial adicional (visita de la SEREMI de Salud).
🔗Trámite en línea — Autorización sanitaria de cementerios y crematorios
Acceso conRequiere ClaveÚnica.
Cómo entrarIngresa con tu ClaveÚnica a ASDigital y busca el trámite correspondiente: «Aprobación de proyecto de cementerios», «Autorización de funcionamiento de cementerios» o «Aprobación de proyecto de crematorios».
NotaLa autorización de funcionamiento puede requerir una fiscalización presencial adicional.

Costos y plazos

Costo: los aranceles se reajustan periódicamente. Según la ficha vigente al 09/01/2026:

TrámiteArancel baseAdicional por hectáreaMáximo
Aprobación de proyecto de cementerios$282.800$44.200$1.302.600
Autorización de funcionamiento de cementerios$267.000$40.700$1.156.000
Aprobación de proyecto de crematorios$282.800$44.200$1.302.600

Verifica el monto vigente en ASDigital antes de pagar.

Plazos: no hay un plazo de procesamiento explícito en días hábiles, ni en las fichas de ASDigital ni en el Decreto 357/1970. El decreto solo establece que la autoridad sanitaria emite un informe y luego la SEREMI dicta la resolución que autoriza o deniega la solicitud. Consulta directamente con la SEREMI de Salud de tu región para conocer el tiempo estimado de tu caso.