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¿Qué es?
Es el documento que certifica que no existe nota ni subinscripción al margen de la primera inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio que dé cuenta de que se le haya puesto término. En otras palabras, acredita que la sociedad sigue vigente y no ha sido disuelta. Lo solicitan personas jurídicas de cualquier naturaleza que necesiten acreditar ante un tercero —banco, entidad licitante, contraparte contractual— que la sociedad se encuentra vigente para celebrar o mantener contratos.
Este trámite aplica a sociedades constituidas por escritura pública e inscritas en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces (no al sistema "Tu Empresa en un Día").
Requisitos
- Datos de la inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio: foja, número y año.
- Para el trámite presencial: completar el formulario único disponible en la oficina.
Estos datos figuran habitualmente en el timbre del Conservador estampado en la escritura de constitución. Si no cuentas con ellos, puedes consultar el índice del Registro de Comercio en el mismo portal.
Cómo se hace
En línea:
- Ingresa al portal del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
- Completa los datos de foja, número y año de la inscripción.
- Agrega la solicitud al carrito de compra.
- Regístrate o inicia sesión con tus credenciales del sitio.
- Paga el arancel.
- Recibe el documento por correo electrónico, en aproximadamente 2 horas.
Presencial:
- Acude a la oficina del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (Morandé 440, sección Informaciones), o a la de tu jurisdicción correspondiente.
- Solicita y completa el formulario único.
- Entrega los antecedentes de la sociedad.
- Paga el arancel.
- Recibe un comprobante y descarga el documento en aproximadamente 2 horas.
Costos y plazos
Costo: $2.300 CLP por el certificado, hasta 3 páginas. Se cobran $300 CLP adicionales por cada página que exceda las primeras tres.
Plazos: aproximadamente 2 horas, dentro del horario de atención de 9:00 a 15:00 horas, tanto para la modalidad en línea como presencial. El certificado no tiene un plazo de vigencia legal establecido, pero los bancos suelen exigir que haya sido emitido dentro de los últimos 30 días.