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¿Qué es?
Es el trámite mediante el cual una cooperativa registra ante el Departamento de Cooperativas de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño las modificaciones aprobadas a su estatuto social, de modo que queden formalmente incorporadas al archivo público de la entidad y produzcan efectos legales.
Requisitos
- Copia autorizada de la escritura pública que contiene el acta de la Junta General de socios donde se aprobó la reforma.
- Extracto autorizado de esa misma escritura.
- Constancia de publicación del extracto en el Diario Oficial.
- Constancia de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
- Comprobante de la convocatoria realizada para la Junta General.
- ClaveÚnica, si el trámite se realiza en línea.
Cómo se hace
- Celebra la Junta General de socios que aprueba la reforma de estatutos, cumpliendo con las formalidades de convocatoria.
- Reduce el acuerdo a escritura pública ante notario.
- Publica el extracto de la escritura en el Diario Oficial.
- Inscribe el extracto en el Registro de Comercio.
- Presenta toda la documentación ante el Departamento de Cooperativas, por vía en línea, presencial o postal.
- Espera la revisión; si todo está conforme, la reforma queda incorporada al archivo de la cooperativa en un plazo de hasta 20 días hábiles.
Costos y plazos
Costo: gratuito ante el Departamento de Cooperativas (independiente de los gastos notariales y de publicación en el Diario Oficial que exige la ley, los cuales corresponden a terceros).
Plazos: 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud completa.