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¿Qué es?
Es una declaración jurada otorgada ante notario mediante la cual el declarante certifica que no tiene impedimento legal, judicial ni contractual para trasladar sus bienes muebles de un domicilio a otro. Es exigida por la Ley N°20.227, que faculta a Carabineros de Chile para fiscalizar y detener cualquier traslado de mudanza que no cuente con este documento en regla.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente del declarante.
- Si eres arrendatario: contrato de arriendo, poder simple o carta del propietario autorizando la mudanza, fotocopia de la cédula del dueño, comprobante del último pago de arriendo y comprobantes al día de gastos comunes, agua y luz.
- Debe tramitarse ante un notario de la comuna donde vive actualmente el declarante (desde donde se realiza la mudanza); si no hay notario en esa comuna, puede tramitarse ante el Oficial del Registro Civil del mismo lugar, con igual validez.
Cómo se hace
- Reúne tu cédula de identidad y, si eres arrendatario, el contrato de arriendo, autorización del propietario y comprobantes de pagos al día.
- Acude a un notario (o al Oficial del Registro Civil si no hay notario) de la comuna desde donde te mudas.
- Solicita el "salvoconducto de mudanza" o "declaración jurada de mudanza".
- Firma el documento ante el ministro de fe.
- Realiza el traslado de tus bienes dentro de los 5 días corridos siguientes a la emisión del documento, portándolo durante la mudanza.
Sin este documento, Carabineros de Chile está facultado para detener el traslado de tus bienes en cualquier momento durante la mudanza.
Dónde encontrar una notaría cerca de ti: este trámite puede realizarse en cualquier notaría del país. Consulta el directorio de notarías para ubicar la más cercana a tu comuna, con dirección, teléfono y sitio web si tiene.
Costos y plazos
Costo: el otorgamiento de la declaración ante notario está afecto al arancel regulado por el Decreto Exento N°587 de 1998 del Ministerio de Justicia, reajustado por IPC: declaraciones con una o más firmas tienen un valor máximo de $500.
Plazos: el documento tiene una vigencia de 5 días corridos desde su emisión, plazo dentro del cual debe realizarse el traslado.