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¿Qué es?
Es una escritura pública mediante la cual una persona (mandante) encarga a otra (mandatario) que la represente en todos los asuntos, juicios y negocios de cualquier naturaleza que tenga actualmente o pueda tener en el futuro. Los actos del mandatario obligan al mandante como si este hubiera actuado personalmente.
Conforme al artículo 2132 del Código Civil, este mandato solo autoriza actos de administración (cobrar deudas, pagar cuentas, conservar bienes), no actos de disposición como vender o donar propiedades, salvo que se agregue una cláusula especial que lo autorice expresamente.
Requisitos
- Cédula de identidad o pasaporte vigente del mandante y del mandatario.
- Nombre completo, nacionalidad, estado civil, domicilio y profesión u oficio de ambas partes.
- Tener claridad sobre los alcances y limitaciones del poder que se otorgará, especificando facultades adicionales si se requieren actos de disposición.
Cómo se hace
- Reúne tu cédula de identidad y los datos completos del mandatario (nombre, cédula o pasaporte, nacionalidad, estado civil, domicilio, profesión u oficio).
- Define si necesitas solo facultades de administración o también de disposición (venta, donación), para que la escritura incluya la cláusula especial correspondiente.
- Acude a cualquier notaría y solicita el otorgamiento de un "mandato general amplio" por escritura pública.
- Firma la escritura ante el notario.
- Solicita copias autorizadas del mandato para entregar al mandatario y para tus propios registros.
Si resides en el extranjero, este mandato también puede otorgarse ante el Consulado de Chile correspondiente a tu país de residencia. Al ser un poder de alcance amplio, revisa cuidadosamente las facultades antes de firmar — conviene asesorarse con un abogado si el mandato incluirá actos de disposición sobre bienes de valor relevante.
Dónde encontrar una notaría cerca de ti: este trámite puede realizarse en cualquier notaría del país. Consulta el directorio de notarías para ubicar la más cercana a tu comuna, con dirección, teléfono y sitio web si tiene.
Costos y plazos
Costo: el otorgamiento está afecto al arancel notarial regulado por el Decreto Exento N°587 de 1998 del Ministerio de Justicia, reajustado por IPC. Al tratarse de un mandato sin apreciación pecuniaria directa, corresponde el recargo único de $2.500 sobre el valor de otorgamiento de la escritura ($2.500), más el valor de las copias autorizadas ($300 por carilla).
Plazos: el otorgamiento del mandato ante notario suele realizarse el mismo día, sujeto a disponibilidad de hora.