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¿Qué es?
Es un contrato solemne por el cual una persona (mandante) encomienda a un abogado u otra persona habilitada (mandatario, con ius postulandi) su representación en un juicio. Es el poder que permite a un abogado actuar en nombre de su cliente ante los tribunales de justicia, participando en todos los trámites del proceso hasta la ejecución de la sentencia definitiva.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente del mandante.
- Datos completos del mandatario (nombre, RUT, y su calidad habilitante para comparecer en juicio, generalmente abogado).
- Identificación de la causa o del asunto judicial para el cual se otorga el mandato, si ya existe.
- El documento puede constituirse por escritura pública ante notario, mediante un acta extendida ante un juez de letras o árbitro, o por una declaración escrita autorizada por el secretario del tribunal.
Cómo se hace
- Reúne tu cédula de identidad y los datos completos del abogado o persona que te representará.
- Acude a cualquier notaría y solicita el otorgamiento de un "mandato judicial" por escritura pública, indicando el nombre del mandatario y, si corresponde, la causa para la que se otorga.
- Firma el mandato ante el notario.
- Entrega el documento al mandatario, quien deberá presentarlo (la escritura o su copia autorizada) en su primera actuación ante el tribunal, para acreditar su representación.
Si prefieres constituir el mandato directamente ante el tribunal (sin pasar por notaría), puedes hacerlo mediante acta ante el juez o declaración escrita autorizada por el secretario del tribunal que conoce la causa — consulta con tu abogado cuál alternativa conviene según tu caso.
Dónde encontrar una notaría cerca de ti: este trámite puede realizarse en cualquier notaría del país. Consulta el directorio de notarías para ubicar la más cercana a tu comuna, con dirección, teléfono y sitio web si tiene.
Costos y plazos
Costo: el otorgamiento del mandato por escritura pública ante notario está afecto al arancel regulado por el Decreto Exento N°587 de 1998 del Ministerio de Justicia, reajustado por IPC. Al ser un mandato no susceptible de apreciación pecuniaria, corresponde el recargo único de $2.500 sobre el valor de otorgamiento de la escritura ($2.500), más el valor de las copias ($300 por carilla). Este costo no incluye los honorarios del abogado que actuará como mandatario, que se acuerdan de forma independiente.
Plazos: el otorgamiento del mandato ante notario suele realizarse el mismo día.