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¿Qué es?
Es una escritura pública mediante la cual el propietario de un inmueble (mandante) encarga a otra persona (mandatario) que lo represente específicamente en la venta de esa propiedad, incluyendo la facultad de acordar el precio, fijar cabidas y deslindes, firmar la promesa y el contrato de compraventa, y realizar aclaraciones o rectificaciones necesarias para la transferencia.
Requisitos
- Cédula de identidad o pasaporte vigente del mandante y del mandatario.
- Nombre completo, nacionalidad, estado civil, domicilio y profesión u oficio de ambas partes.
- Datos completos y específicos de la propiedad: dirección, deslindes, y todo dato relevante según su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
- Debe otorgarse por escritura pública, ante notario o ante el consulado chileno correspondiente si el mandante reside en el extranjero.
Cómo se hace
- Reúne tu cédula de identidad, los datos del mandatario y la información completa de la propiedad (dirección, deslindes, datos de inscripción).
- Define las facultades específicas del mandato: fijar precio, condiciones de pago, firmar promesa y contrato de compraventa.
- Acude a cualquier notaría y solicita el otorgamiento de un "mandato especial para venta de inmueble" por escritura pública.
- Firma la escritura ante el notario.
- Solicita copias autorizadas para entregar al mandatario, quien las presentará al momento de firmar la compraventa y gestionar la transferencia de dominio en el Conservador de Bienes Raíces.
Si el mandante reside en el extranjero, este mandato también puede otorgarse ante el Consulado de Chile correspondiente. Al tratarse de la venta de un bien de valor relevante, conviene revisar cuidadosamente cada facultad del mandato con asesoría legal antes de firmarlo.
Dónde encontrar una notaría cerca de ti: este trámite puede realizarse en cualquier notaría del país. Para ubicar la notaría vigente en tu región, consulta el directorio oficial del Poder Judicial en fiscaliajudicial.pjud.cl, seleccionando tu jurisdicción (Corte de Apelaciones).
Costos y plazos
Costo: el otorgamiento está afecto al arancel notarial regulado por el Decreto Exento N°587 de 1998 del Ministerio de Justicia, reajustado por IPC. Al tratarse de un mandato (acto no susceptible de apreciación pecuniaria según el arancel), corresponde el recargo único de $2.500 sobre el valor de otorgamiento de la escritura ($2.500), más el valor de las copias autorizadas ($300 por carilla).
Plazos: el otorgamiento de la escritura ante notario suele realizarse el mismo día, sujeto a disponibilidad de hora.