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Guía paso a paso

Protección al Pago del Dividendo

Beneficio automático del MINVU para quienes compraron vivienda con subsidio habitacional: rebaja mensual del dividendo y seguro de cesantía/incapacidad, sin necesidad de postular.

Última verificación: 17 de julio de 2026

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¿Qué es?

Un beneficio estatal automático y no postulable para quienes adquirieron su vivienda con subsidio habitacional para sectores medios (DS1, DS40, DS19 o DS116) y tienen crédito o mutuo hipotecario. Tiene dos componentes: una rebaja mensual permanente del dividendo si pagas dentro de los primeros 10 días de cada mes, y un seguro de cesantía e incapacidad temporal pagado por el Estado, que cubre hasta 6 meses de dividendo sin importar el monto del crédito.

La rebaja mensual depende del monto del crédito: hasta 500 UF, 20% de subvención; entre 500 y 900 UF, 15%; entre 900 y 1.200 UF, 10%. Sobre 1.200 UF no aplica la rebaja porcentual (el seguro de cesantía sí puede aplicar sin tope).


Requisitos

  • Haber comprado la vivienda con subsidio habitacional (DS1, DS40, DS19 o DS116).
  • Tener crédito o mutuo hipotecario con una entidad financiera reconocida.
  • Ser propietario solo de esa vivienda.
  • Estar al día en el pago de los dividendos.
  • Para la rebaja mensual: pagar dentro de los primeros 10 días de cada mes, tener una sola propiedad y un crédito no superior a 1.200 UF.
  • Contar con seguro de desempleo (trabajadores dependientes) o de incapacidad temporal (independientes), contratado junto al crédito hipotecario.

Cómo se hace

  1. No necesitas presentar ninguna solicitud. El beneficio es automático: se evalúa mediante cruce de información entre tu entidad financiera y el MINVU.
  2. Paga tu dividendo dentro de los primeros 10 días de cada mes para que se aplique la rebaja correspondiente.
  3. Si te atrasas un mes, pierdes la rebaja ese mes, pero se reactiva automáticamente al ponerte al día el mes siguiente.
  4. Si cumples los requisitos y el descuento no se aplica, puedes reclamar a través del sitio web del MINVU.
  5. También puedes acudir presencialmente a la oficina SERVIU de tu región.
🔗Trámite en línea — Protección al Pago del Dividendo
Acceso conNo requiere ClaveÚnica ni registro previo — no es un trámite que se postule. La evaluación es automática mediante cruce de información entre tu entidad financiera y el MINVU.
Cómo entrarNo hay formulario que completar. En caso de dudas o reclamos, la ficha de ChileAtiende redirige al sitio institucional del MINVU (www.minvu.cl), donde puedes revisar tu situación o contactar al SERVIU de tu región.
NotaYa son 30 instituciones financieras (bancos, mutuarias, cooperativas, cajas de compensación) en convenio con el MINVU que aplican la rebaja de forma inmediata, sin que debas acudir al SERVIU.

Situaciones y alternativas

Tu situaciónQué pasaPor qué
Compraste con DS1/DS40/DS19/DS116, tienes crédito hipotecario y pagas siempre al díaRecibes el descuento automático (10%-20%)El cruce de información entre tu banco y el MINVU aplica la rebaja sin que tramites nada
Quedaste cesante o con incapacidad temporalEl seguro de cesantía cubre tu dividendoEl Estado paga la prima y cubre hasta 6 meses, sin importar el monto del crédito
Te atrasaste un mes en el pagoPierdes la rebaja ese mes, se reactiva al mes siguienteNo necesitas volver a postular, solo ponerte al día
Cumples los requisitos pero no ves el descuento aplicadoReclama vía sitio web del MINVU o SERVIU regionalPuedes solicitar revisión de tu caso
Tu crédito supera las 1.200 UFNo accedes a la rebaja porcentualEl tope de crédito para el descuento es 1.200 UF (el seguro de cesantía sí puede aplicar sin tope)

Costos y plazos

Costo: gratuito — es un beneficio estatal, no se postula y no tiene costo para el beneficiario.

Plazos: no aplica plazo de tramitación tradicional; el beneficio se activa mes a mes de forma automática según el cumplimiento del pago oportuno.