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¿Qué es?
Es el trámite que permite eliminar del Registro de Acuerdos con Plazo de Pago Excepcional un acuerdo previamente inscrito, en el marco de la Ley N° 21.131 ("Ley de Pago a 30 Días"), administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Se usa cuando el acuerdo de plazo de pago excepcional pactado entre una empresa y su proveedor deja de tener efecto —por ejemplo, porque las partes ponen término anticipado al acuerdo, porque venció su vigencia, o porque ya no cumple con los requisitos legales para mantenerse vigente— y corresponde retirarlo del registro público.
Una vez cancelado el acuerdo, deja de tener validez el plazo excepcional pactado, por lo que vuelve a aplicar el plazo general de pago establecido por la Ley N° 21.131 (30 días) para las facturas que antes estaban cubiertas por ese acuerdo.
💡 Este trámite forma parte de un conjunto de 4 gestiones sobre el mismo registro: inscribir, modificar, obtener certificado o cancelar un acuerdo de plazo de pago excepcional.
Requisitos
- Contar con un acuerdo ya inscrito en el Registro y disponer de su código de inscripción.
- Autenticarse en la plataforma con ClaveÚnica.
- Tener claridad sobre el motivo y el efecto de la cancelación, ya que una vez cancelado el acuerdo, las facturas correspondientes vuelven a regirse por el plazo general de pago de la ley.
Cómo se hace
- Ingresa a registrodeacuerdos.economia.gob.cl y autentícate con ClaveÚnica.
- Selecciona la opción "Cancelación" dentro de la sección Registro.
- Ingresa el código de inscripción del acuerdo que deseas cancelar.
- Completa el formulario de cancelación y confirma la operación.
- Conserva el comprobante o registro que entrega el sistema como respaldo de que el acuerdo fue eliminado del registro.
Costos y plazos
Costo: gratuito. La cancelación de acuerdos en el Registro no tiene costo.
Plazos: no se encontró un plazo legal específico para solicitar la cancelación, ni información oficial sobre un plazo de procesamiento posterior a la solicitud.