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¿Qué es?
Es el trámite que permite ampliar el giro de actividades y autorizar las facturas de exportación ante el SII, cuando una empresa que ya opera en Chile decide comenzar a vender productos o servicios fuera del país. Sin esta actualización no es posible emitir la documentación tributaria de exportación exigida por el SII.
Requisitos
- Especificar en la iniciación de actividades (o en la modificación) que la intención es vender exento o no afecto a IVA (Formulario 4415).
- Revisar la lista de códigos de actividad económica para identificar el correspondiente a la actividad exportadora.
- Cédula Nacional de Identidad vigente y estar al día en las obligaciones tributarias.
- Completar el Formulario de Declaración de Inicio de Actividades o de modificación.
- Contar con RUT y Clave Tributaria, o ClaveÚnica, para operar en el sitio del SII.
- Si es persona jurídica: tener disponible la escritura de constitución o modificación para verificar el objeto social.
- Si ya es facturador electrónico y la actividad agregada es afecta a IVA: requerirá solicitar Verificación de Actividad en el mismo trámite.
Cómo se hace
- Ingresa al sitio web del SII y selecciona «Cambiar/ampliar giro o actividad económica».
- Ingresa tu RUT y Clave Tributaria, o accede con ClaveÚnica. Si no estás registrado, crea una cuenta.
- Selecciona la nueva actividad e indica desde qué fecha comenzará su desarrollo.
- Completa el formulario y adjunta los antecedentes solicitados (por ejemplo, escritura societaria si corresponde).
- Haz clic en «Grabar».
- Si corresponde (facturador electrónico con actividad afecta a IVA), realiza la solicitud de Verificación de Actividad dentro del mismo trámite.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Tienes Clave Tributaria o ClaveÚnica y prefieres rapidez | Trámite en línea en sii.cl | Se ingresa directamente al sitio del SII, sin desplazamientos |
| No manejas trámites digitales o tienes dudas sobre el código de actividad | Trámite presencial en oficina del SII de tu jurisdicción | Puedes gestionar la ampliación de giro directamente con un funcionario |
| Eres persona jurídica (SpA, Ltda., EIRL) | Reúne antes la escritura de constitución/modificación | El SII la solicitará para verificar el objeto social al ampliar el giro |
| Ya eres facturador electrónico y la nueva actividad es afecta a IVA | Solicita Verificación de Actividad en el mismo trámite | Es requisito para seguir operando como facturador electrónico |
| Recién vas a exportar y aún no inicias actividades | Declara el giro exportador directamente en el Inicio de Actividades (F4415) | Debes especificar desde el inicio que tu intención es vender exento o no afecto a IVA |
Costos y plazos
Costo: gratuito.
Plazos: el SII no publica un plazo fijo para este trámite específico. Se procesa en general al completar el formulario electrónico; si el contribuyente es facturador electrónico y la actividad agregada es afecta a IVA, la Verificación de Actividad puede extender los tiempos de respuesta.