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¿Qué es?
Es el trámite que permite a los contribuyentes solicitar al Servicio de Impuestos Internos (SII) la eliminación de duplicados de facturas, originales de boletas y otros documentos tributarios similares, cuando no pueden mantenerlos bajo custodia. Quienes emiten este tipo de documentos deben conservar durante 6 años los originales de boletas, duplicados de facturas, guías de despacho, notas de crédito y notas de débito, entre otros. Si esa obligación produce dificultades de orden material, se puede solicitar al SII la eliminación de dicha documentación.
Esta figura se sustenta en el Decreto Ley N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, que establece que cuando el cumplimiento de la obligación de conservación ocasione dificultades de orden material a los contribuyentes, el SII puede autorizar la destrucción de dichos duplicados u originales, conforme al procedimiento que establezca el Reglamento.
Requisitos
- Ser contribuyente obligado a conservar originales de boletas, duplicados de facturas, guías de despacho, notas de crédito y notas de débito por 6 años.
- La documentación a eliminar debe corresponder a años comerciales completos, y en ningún caso puede tratarse de documentos de los últimos 3 años — salvo que ya se haya revisado la contabilidad del contribuyente y liquidado todos los impuestos que le afecten.
- Fundamentar los motivos de la petición (por ejemplo, dificultades de espacio o custodia material de los documentos).
- Presentar el Formulario 2117 con el detalle de los documentos y períodos a destruir.
- No aplica para libros contables ni documentos que respalden pérdidas tributarias de arrastre, los cuales solo pueden eliminarse mediante microcopia o micrograbación previamente autorizada.
Cómo se hace
- Ingresa al sitio web del SII y selecciona "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes".
- En "Peticiones Administrativas", escribe tu RUT y Clave Tributaria (si no estás registrado, crea una cuenta), o accede con ClaveÚnica.
- Elige la opción "Destrucción de Documentos Tributarios".
- Presenta el Formulario 2117, adjuntando el detalle de la documentación y el fundamento de la solicitud.
- Espera la respuesta del SII. Si es aprobada, la destrucción de la documentación debe realizarse en presencia de Inspectores del Servicio, levantándose un acta del procedimiento.
Alternativa presencial: si prefieres no usar el sitio web, puedes solicitar la autorización durante todo el año directamente en las oficinas del SII, presentando el mismo Formulario 2117 y los antecedentes de respaldo ante un funcionario.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Eres una empresa con Clave Tributaria activa y manejas trámites digitales habitualmente | Trámite en línea vía sii.cl | Puedes adjuntar el Formulario 2117 digitalmente y hacer seguimiento desde tu cuenta |
| No tienes Clave Tributaria pero sí ClaveÚnica | Ingreso al sistema usando ClaveÚnica | El SII permite autenticarse con ClaveÚnica sin registro previo en el portal |
| Prefieres atención presencial o tienes dudas sobre el formulario | Oficina del SII | Recibes apoyo directo de un funcionario para completar el Formulario 2117 |
| Tu documentación corresponde a los últimos 3 años comerciales | Ninguna alternativa aplica automáticamente | La ley prohíbe destruir documentos de los últimos 3 años, salvo que el SII ya haya revisado y liquidado los impuestos correspondientes |
Costos y plazos
Costo: gratuito. No se identificó cobro alguno en las fuentes del SII ni de ChileAtiende para este trámite.
Plazos: puede solicitarse durante todo el año, tanto en el sitio web como en oficinas. El SII no publica un plazo fijo de resolución; una vez autorizada, la destrucción física se hace en presencia de inspectores del Servicio, quienes levantan un acta formal. Horario de atención para consultas: lunes a jueves de 8:00 a 20:00 hrs., viernes de 8:00 a 18:00 hrs.