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¿Qué es?
Es una autorización que otorga el Servicio de Impuestos Internos (SII) a ciertos contribuyentes de primera categoría para llevar sus registros contables de forma más sencilla que la contabilidad completa, y así determinar la renta líquida sujeta a impuesto. Está pensada para contribuyentes con actividades de industria, comercio, educación, salud, esparcimiento, entre otras (números 3, 4 o 5 del artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta), que tengan un capital efectivo igual o inferior a 2 Unidades Tributarias Anuales (UTA) al comienzo del ejercicio, y una renta que en conjunto no exceda 1 UTA.
Requisitos
- Ser contribuyente de primera categoría con actividades de industria, comercio, educación, salud, esparcimiento u otras de los números 3, 4 o 5 del artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta.
- Tener capital efectivo destinado a la actividad igual o inferior a 2 UTA al comienzo del ejercicio, y una renta que en conjunto no exceda 1 UTA.
- También pueden acogerse contribuyentes que, a juicio de la dirección regional, tengan escaso movimiento, capitales pequeños en relación al giro, poca instrucción u otras circunstancias excepcionales.
- Acreditar los requisitos mediante contabilidad y declaraciones anuales y mensuales.
- No pueden acogerse quienes se dediquen a la minería, agentes de aduana ni corredores de propiedades cuyas rentas se clasifiquen en primera categoría.
Formularios asociados según tu situación:
- Formulario 2117, para contribuyentes iniciados en años anteriores.
- Formulario 4415, para quien se inscribe al momento de dar aviso de actividades.
- Formulario 3239, si amplías el giro de segunda a primera categoría y quieres acogerte a tributación simplificada.
Cómo se hace
- Verifica que cumples los requisitos de giro, capital efectivo y renta, acreditándolos con tu contabilidad y declaraciones.
- Si es tu primer ejercicio tributario, informa tu ingreso al régimen simplificado en el mismo aviso de inicio de actividades (Formulario 4415).
- Si ya tienes actividades iniciadas, solicita la contabilidad simplificada durante todo el año en el sitio web o en oficinas del SII (Formulario 2117).
- Ingresa al sitio web del SII, selecciona "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes" y haz clic en "Peticiones administrativas".
- Ingresa tu RUT y Clave Tributaria (si no estás registrado, crea una cuenta), o accede con ClaveÚnica.
- En "Materia", elige "Contabilidad simplificada: solicitud" y completa el formulario.
- Envía tu solicitud; el SII evaluará tus antecedentes, considerando el capital efectivo registrado en la declaración inicial de actividades y los demás antecedentes aportados, sujeto a fiscalización.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Pequeño negocio de industria, salud, educación o esparcimiento, con capital ≤2 UTA, ya con años de actividad | Solicitud tradicional (Formulario 2117) | Cumple directamente los requisitos de capital y giro del régimen simplificado clásico |
| Recién vas a iniciar actividades | Formulario 4415 en el mismo aviso de inicio de actividades | Se informa el ingreso al régimen simplificado en el mismo trámite de inicio |
| Trabajas en segunda categoría y amplías a primera | Formulario 3239 | Es el mecanismo específico para el cambio de categoría con acogimiento a tributación simplificada |
| Pyme con facturación electrónica acogida al régimen Pro Pyme (14 ter/14 D) | Sistema de Tributación Simplificada del Portal MIPYME | Inscripción 100% en línea, integrada con la facturación electrónica, sin necesidad de acudir a oficinas |
Costos y plazos
Costo: gratuito. El SII no cobra por recibir, evaluar ni autorizar esta solicitud.
Plazos: puede presentarse durante todo el año en el sitio web y en oficinas del SII. Las fuentes oficiales no indican un número exacto de días hábiles de respuesta; el Servicio evalúa los antecedentes considerando el capital efectivo registrado en la declaración inicial de actividades. La autorización se mantiene vigente mientras el contribuyente siga cumpliendo los requisitos de capital y giro.