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Guía paso a paso

Declarar la pérdida de documentos contables

Cómo avisar al SII la pérdida, robo o inutilización de facturas, boletas o libros contables con el Formulario 3238 — plazo de 10 días hábiles para evitar multas.

Última verificación: 12 de julio de 2026

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¿Qué es?

Es el trámite mediante el cual un contribuyente informa al SII la pérdida o inutilización de libros de contabilidad, auxiliares, o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables (facturas, guías de despacho, notas de crédito/débito, libros contables, etc.). Busca resguardar el interés fiscal y prevenir el mal uso de documentación tributaria extraviada, robada o dañada.


Requisitos

  • Cédula de identidad vigente.
  • Formulario 3238 (original y fotocopia).
  • Si el trámite lo realiza un tercero: su cédula de identidad y la del contribuyente, junto a un poder notarial que acredite la representación.
  • Si la pérdida se debe a robo o hurto: constancia de denuncia ante Carabineros o el Ministerio Público.
  • Si es por incendio o inundación: informe de Bomberos.
  • Si los documentos perdidos dan derecho a crédito fiscal (facturas, notas de crédito/débito, etc.): publicación del extravío en un diario impreso de circulación nacional o en un medio electrónico idóneo autorizado por el Servicio.

Cómo se hace

En línea:

  1. Ingresa al sitio web del SII con tu RUT y Clave Tributaria (si no estás registrado, crea una cuenta), o accede con ClaveÚnica.
  2. En "Materia", selecciona "Pérdida de Documentos Tributarios" y completa los datos solicitados.
  3. Adjunta el Formulario 3238 y los antecedentes de respaldo que correspondan (denuncia policial, informe de Bomberos, etc.).
🔗Trámite en línea — Declarar la pérdida de documentos contables
Acceso conRUT y Clave Tributaria del SII, o ClaveÚnica.
Cómo entrarIngresa a sii.cl → Servicios online → Peticiones administrativas y otras solicitudes → «Peticiones Administrativas» → materia «Pérdida de Documentos Tributarios», y adjunta los documentos correspondientes.
NotaPuedes declarar la pérdida durante todo el año, en el sitio web o en oficinas regionales del SII.

Presencial:

  1. Dirígete a una oficina del SII para informar la pérdida de documentos o libros.
  2. Se te solicitará la reconstitución de registros si corresponde.
  3. Si el tipo de documento extraviado lo exige, realiza la publicación en un diario de circulación nacional (tres días consecutivos).

Alternativas según tu situación

Tu situaciónAlternativaPor qué
Tienes Clave Tributaria o ClaveÚnica y acceso a internetTrámite en líneaMás rápido, disponible todo el año, adjuntando los respaldos digitalmente
No tienes clave de acceso digital o necesitas orientaciónTrámite presencial en oficina SIIUn funcionario te guía en el proceso y en la reconstitución de registros si corresponde
Te robaron o perdiste facturas/notas de crédito con derecho a crédito fiscalCualquiera de las dos vías + publicación en diarioLa ley exige además informar el extravío en un diario o medio electrónico idóneo, para evitar el mal uso por terceros
Perdiste documentos por incendio o inundaciónCualquiera de las dos vías + informe de BomberosSe exige acreditar el carácter fortuito del siniestro
Un tercero hará el trámite por tiTrámite presencial recomendadoDebe presentar su cédula y la del contribuyente junto a un poder notarial que acredite la representación

Costos y plazos

Costo: gratuito. El aviso de pérdida o inutilización mediante el Formulario 3238 no tiene costo asociado.

Plazos: debes dar aviso al SII dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles desde que ocurre la pérdida o inutilización, de lo contrario te expones a una multa de hasta 10 UTM (artículo 97 N°16 del Código Tributario). Si corresponde reconstituir la contabilidad (pérdida de libros), el plazo es de 30 días, conforme las normas de la Dirección Regional. Si aplica publicación en diario, debe hacerse por tres días consecutivos dentro de los mismos 10 días hábiles.