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¿Qué es?
Es la autorización excepcional que SERMIG otorga a quienes ingresaron a Chile con Permanencia Transitoria (visa de turismo, hasta 90 días) para realizar actividades remuneradas específicas y esporádicas: espectáculos públicos, eventos deportivos, conferencias, asesorías o trabajo técnico experto. Por regla general, los titulares de Permanencia Transitoria no pueden trabajar remuneradamente en Chile, salvo con este permiso.
Requisitos
- Documento de identidad vigente (pasaporte, cédula, DNI).
- Visa de Permanencia Transitoria o autorización previa correspondiente.
- Tarjeta Única Migratoria (TUM) vigente, si se solicita el permiso dentro de Chile.
- Carta bajo notario o contrato de trabajo con empresa chilena, firmado por ambas partes, con: individualización de las partes, funciones y lugar de desempeño, fechas específicas (desde-hasta), y la cláusula: "La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato solo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la autorización especial para realizar actividades remuneradas en Chile".
- Pago de derechos cuando corresponda.
Cómo se hace
- Reúne los antecedentes e ingresa al portal de SERMIG con tu cuenta o ClaveÚnica.
- Selecciona "Solicitud de autorización de trabajo para Permanencia Transitoria".
- Acepta los términos marcando "Sí, Certifico".
- Indica dónde se encuentra el solicitante y el tipo de actividad a realizar.
- Adjunta la documentación digital requerida.
- Confirma los datos y avanza a la etapa de pago.
- Elige la forma de pago y finaliza la solicitud.
Alternativas según quién presenta el trámite
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Eres el extranjero titular y no tienes ClaveÚnica | Crear cuenta propia en el portal de SERMIG | No necesitas RUT ni ClaveÚnica chilena |
| Eres empleador, apoderado o tercero que gestiona el trámite | Ingresar con tu propia ClaveÚnica | Agiliza el proceso si ya tienes esta credencial |
| Solicitas el permiso dentro de Chile | Adjuntar TUM vigente | Es requisito adicional en ese escenario |
| Vas a realizar actividades específicas remuneradas (espectáculos, deportes, conferencias) | Solicitar esta autorización especial | Es el único caso excepcional que habilita el trabajo remunerado bajo Permanencia Transitoria |
Costos y plazos
Costo: 150% del valor de la Residencia Temporal para actividades lícitas remuneradas, según tu nacionalidad. El pago se hace dentro del portal, en la etapa final.
Plazos: disponible todo el año. La validez coincide con lo estipulado en el contrato de trabajo, sin exceder la vigencia de la Permanencia Transitoria otorgada en frontera. No hay plazo fijo de resolución administrativa — solicítalo con antelación suficiente.