← Volver a Trámites migratorios
¿Qué es?
Es un documento suscrito ante notario mediante el cual una persona residente en Chile invita formalmente a un extranjero a ingresar al territorio nacional, comprometiéndose a respaldar su estadía y facilitar su trámite de visa o autorización de ingreso ante las autoridades migratorias. Es especialmente útil para personas de países que requieren visa o autorización previa para ingresar a Chile, ya que el consulado chileno en el exterior puede exigirla como parte de los requisitos.
Requisitos
- El invitante debe comparecer personalmente ante notario con cédula de identidad chilena vigente (o expirada con comprobante de renovación de visa), o pasaporte extranjero vigente si el invitante no es chileno.
- Datos del invitante: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de identificación y dirección.
- Datos del invitado: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de pasaporte y lugar de residencia.
- Descripción del vínculo entre invitante e invitado.
- Detalles de la estadía: fechas previstas de llegada y salida.
Cómo se hace
- Reúne tu cédula de identidad o pasaporte, y los datos completos de la persona que invitas.
- Define las fechas previstas de llegada y salida, y describe tu vínculo con el invitado.
- Acude a cualquier notaría y solicita una "carta de invitación para extranjero".
- Firma el documento ante el notario.
- Envía la carta a la persona invitada, quien la presentará ante el consulado chileno correspondiente o al ingresar al país, según se lo exijan.
Verifica con el consulado chileno correspondiente al país del invitado si exigen esta carta como requisito específico, ya que no todos los países ni tipos de visa la solicitan. Algunas notarías ofrecen este trámite en línea mediante Firma Electrónica Avanzada (FEA) y validación con ClaveÚnica del invitante.
Dónde encontrar una notaría cerca de ti: este trámite puede realizarse en cualquier notaría del país. Consulta el directorio de notarías para ubicar la más cercana a tu comuna, con dirección, teléfono y sitio web si tiene.
Costos y plazos
Costo: el otorgamiento de la carta ante notario está afecto al arancel regulado por el Decreto Exento N°587 de 1998 del Ministerio de Justicia, reajustado por IPC: cartas poder y documentos similares sin apreciación pecuniaria tienen un valor máximo de referencia de $800, aunque en la práctica las notarías pueden cobrar valores de mercado adicionales por este servicio específico.
Plazos: el otorgamiento ante notario suele realizarse el mismo día. El documento tiene una vigencia de 90 días desde su emisión.