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¿Qué es?
Es el servicio del SII para revisar el estado de los giros (órdenes de pago) emitidos por diferencias en tus declaraciones mensuales (F29 o F50), por infracciones (multas), o por el impuesto territorial (contribuciones), y pagarlos por internet. El SII emite el giro, pero el pago se ejecuta en la pasarela de la Tesorería General de la República (TGR), quien recauda.
¿No puedes pagar de una sola vez? Revisa Convenio de Pago para Deudas Fiscales y Territoriales para pagar en cuotas.
Requisitos
- RUT y Clave Tributaria, o ClaveÚnica.
- Tener un giro pendiente (originado por F29, F50, multa u otra situación).
- Para contribuciones: rol de la propiedad, región y comuna.
- Si no estás registrado en sii.cl, crear una cuenta primero.
Cómo se hace
- Ingresa a sii.cl → Servicios online.
- Selecciona "Infracciones, Pago de giros y Condonaciones" → "Pago de giros" (o "Consultar y pagar giros" en el menú Impuestos Mensuales).
- Autentícate con RUT y Clave Tributaria, o ClaveÚnica.
- Selecciona el giro pendiente por año, o por mes y período tributario.
- El sistema calcula los recargos al día y te lleva a la pasarela de Tesorería.
- Completa el pago en la plataforma de la TGR y descarga tu comprobante.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Tienes un F29/F50 con saldo pendiente | "Consultar y pagar giros" en sii.cl | Calcula recargos actualizados y redirige directo a pago en TGR |
| Solo conoces el rol de tu propiedad | Buscador por Región/Comuna/Rol en sii.cl o tgr.gob.cl | Consultas el estado de pago sin depender de clave tributaria |
| Tienes deudas mixtas (impuestos + contribuciones) | Portal TGR "Cartola de deudas tributarias" | Centraliza deudas fiscales, territoriales, convenios y cobranzas |
| Declaras en papel y estás fuera de plazo | Instituciones financieras/recaudadoras, con cálculo previo | El pago en papel exige calcular manualmente reajustes, intereses y multas |
| Tienes deuda de intereses/multas y buscas rebajarla | Solicitud de Condonación de intereses y multas | Trámite gratuito para excusar el atraso cumpliendo requisitos |
Costos y plazos
Costo: la consulta y plataforma son gratuitas. Se paga la deuda tributaria: en F29/F50 fuera de plazo, monto original más reajustes, intereses mensuales y multa; en contribuciones, según avalúo (con exenciones para propiedades de menor valor).
Plazos: disponible todo el año. Contribuciones se pagan en 4 cuotas: 30 de abril, junio, septiembre y noviembre. F29: hasta el día 20 para facturadores electrónicos, hasta el día 12 para el resto. Si la deuda pasa a cobranza judicial en Tesorería, hay un plazo breve para oponer excepciones.