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💡 Si aún no has presentado tu declaración del mes, revisa Declarar con Formulario 29 IVA.
¿Qué es?
Es el trámite que permite a los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) corregir o modificar una declaración de impuestos mensuales ya presentada al SII, ya sea del Formulario 29 (IVA, PPM y retenciones) o del Formulario 50 (otros impuestos, incluidas retenciones a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile). Debe hacerse siempre que detectes una diferencia en lo informado, esté o no notificada por el SII, para evitar inconsistencias en los cruces de fiscalización.
Respecto al pago por caja o cupón de pago: los formularios 29 y 50 no son rectificables mientras no se paguen en la institución financiera — recién al pagarse pasan al estado de declaración, momento desde el cual sí puede solicitarse la rectificación.
Requisitos
- Declaración que registra las correcciones (F29 o F50) y los documentos que respalden dichas correcciones.
- Cédula de identidad del contribuyente.
- Poder o mandato si quien realiza el trámite no es el contribuyente.
- RUT y Clave Tributaria (o ClaveÚnica) para el trámite por Internet.
- Contar con la declaración original ya presentada y pagada en el sistema del SII.
Cómo se hace
- Ingresa al sitio web del SII y selecciona el formulario correspondiente: Declaración mensual (F29) o Declaración mensual (F50).
- Haz clic en "Corregir o rectificar declaración".
- Ingresa tu RUT y Clave Tributaria (si no estás registrado, crea una cuenta), o accede con ClaveÚnica.
- Selecciona "F29 (+)" para visualizar los formularios de los últimos 7 años.
- Selecciona el período tributario a rectificar.
- Completa la información a corregir y haz clic en "Enviar".
- Si corresponde pagar impuestos, se despliega automáticamente el vínculo con los bancos en convenio.
- Si el sistema no permite la corrección por Internet (errores de RUT, aumentos de remanente, etc.), debes concurrir a la oficina del SII de tu domicilio comercial.
Alternativas según tu situación
El SII distingue entre correcciones simples (100% en línea) y correcciones complejas que exigen petición administrativa presencial.
Rectificación por Internet (autoservicio): vía rápida disponible 24/7, para la mayoría de los ajustes de valores (montos de ventas, compras o créditos declarados incorrectamente), siempre que no impliquen devolución de dinero ni cambios de RUT.
Petición administrativa / atención presencial: el sistema bloquea automáticamente las correcciones con error de RUT, correcciones en el monto pagado (códigos 91 y 94), aumento del remanente de IVA o impuestos adicionales, traspasos entre códigos de PPM o retenciones, correcciones a códigos de devoluciones, y rectificaciones que generan devolución de dinero por pago indebido o en exceso.
Corrección "sin movimiento" o rectificatoria en papel: para casos residuales que el sistema no permite hacer en línea, mediante formularios en papel o con apoyo de un funcionario.
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Te equivocaste en un monto de venta o compra del mes pasado | Rectificación por Internet | Cambio simple de valores, disponible 24 horas, sin necesidad de ir a una oficina |
| Pagaste de más y quieres que te devuelvan el dinero | Petición administrativa presencial | El sistema no permite devoluciones de dinero por Internet |
| Escribiste mal el RUT en la declaración original | Oficina SII (presencial) | Los errores de RUT están excluidos de la rectificación automática |
| Necesitas aumentar tu remanente de crédito fiscal IVA | Oficina SII (presencial) | Los aumentos de remanente requieren revisión manual del SII |
| Tienes dudas sobre una inconsistencia notificada por el SII | Oficina SII (presencial) | Debes acudir a aclararla directamente si no estás de acuerdo con la diferencia |
Costos y plazos
Costo: el trámite en sí es gratuito. Si la corrección genera un mayor impuesto a pagar, deberás cancelar la diferencia junto con los recargos legales que correspondan (reajustes, intereses y multas), pagables en línea en los bancos en convenio.
Plazos: puede hacerse durante todo el año en el sitio web y en oficinas del SII. Las rectificaciones simples por Internet se procesan de inmediato al enviar la declaración. Las peticiones administrativas presenciales quedan sujetas a revisión y respuesta del SII, con plazo variable según el tipo de solicitud. Horario de atención presencial: lunes a jueves de 8:00 a 20:00 hrs., viernes de 8:00 a 18:00 hrs.