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💡 Si ya presentaste tu declaración y necesitas corregirla, revisa Corregir o rectificar declaraciones con Formulario 29 o 50.
¿Qué es?
El Formulario 29 (F29) es la vía oficial del SII para que los contribuyentes cumplan mensualmente con sus obligaciones tributarias de IVA: presenta la declaración y pago mensual del Impuesto al Valor Agregado. Incluye tanto la declaración «con movimiento» (cuando hubo ventas o compras) como la declaración «sin movimiento», para cuando no hubo operaciones gravadas o exentas en el período.
Requisitos
- Estar inscrito en el SII con inicio de actividades vigente y RUT vigente.
- Ser contribuyente afecto a la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA).
- Contar con Clave Tributaria o ClaveÚnica para declarar por internet.
- Si no tienes cuenta en el SII, debes crearla previamente.
- Tener a mano los documentos tributarios del período (facturas, boletas, notas de crédito/débito) para validar la propuesta de IVA que entrega el sistema.
Cómo se hace
- Accede al sitio del SII con RUT y clave, o con ClaveÚnica. Si no tienes cuenta, créala primero.
- Ingresa al menú de Impuestos Mensuales y selecciona «Declarar y pagar (F29 y F50)» o «Declarar F29 sin movimiento» según tu situación.
- Selecciona el período tributario y revisa la propuesta de IVA que el SII prellena con tu Registro de Compras y Ventas.
- Completa o corrige los campos necesarios (IVA débito, IVA crédito, retenciones, PPM, etc.) y confirma los datos.
- Envía la declaración; si corresponde pago, elige la modalidad (pago simultáneo por internet o cupón de pago en banco).
- El sistema entrega el certificado de recepción de declaración, con fecha y número de folio.
Alternativas según tu situación
| Tu situación | Alternativa | Por qué |
|---|---|---|
| Tienes empresa/facturación electrónica y quieres resolver todo de una vez | Declaración y pago simultáneo por internet | Declaras y pagas en el mismo trámite, con plazo hasta el día 20 |
| Ya declaraste pero pagarás en el banco después | Declaración por internet + Cupón de Pago | Separa el momento de declarar del momento de pagar, dentro del plazo del cupón |
| No tuviste ventas ni compras en el mes | Declaración «sin movimiento» | Es obligatoria igual, pero el sistema simplifica el llenado |
| Eres Pyme Pro Pyme 14D con clientes que aún no te pagan | Postergación del pago del IVA | Declaras a tiempo pero pagas hasta 2 meses después, sin intereses ni multas |
| Se te pasó el plazo de declaración | Declaración fuera de plazo en instituciones financieras | Regulariza tu situación, aunque con reajustes, intereses y multas |
Costos y plazos
Costo: el trámite de declarar no tiene costo; el monto a pagar por IVA depende de la diferencia entre IVA débito y crédito, y es el impuesto mismo, no un costo del trámite.
Plazos: el F29 vence el día 12 del mes siguiente al período tributario. Si se presenta por internet con pago simultáneo (facturadores electrónicos o emisores de boletas de honorarios electrónicas), el plazo se extiende al día 20. Si es «sin pago» por internet, el plazo se amplía al día 28 — misma fecha que rige para las declaraciones sin movimiento.